Si la empresa se declara en concurso de acreedores, tienes un tiempo limitado(creo que un mes) para modificar las bases imponibles de esas facturas, tendrías que realizar facturas rectificativas y enviarlo con un escrito explicando la situación y adjuntando la información del cliente. Ahora bien en tu caso que ha pasado más de dos años... Ah, lo anterior si luego cobras las facturas, pues logicamente tienes que volver a regularizar en ingresar ese iva
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http://datakon.esforos.com/ Aprender sin pensar es tiempo perdido. Pensar sin aprender es peligroso (el Confucio, ese)